¿El “no conductor” debe de someterse a las pruebas de alcoholemia?

La norma básica a tener en cuenta es el artículo 383 del Código Penal; dicho artículo establece lo siguiente:

“El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Resulta evidente, a tenor del artículo 383 del Código Penal, que únicamente puede realizar la conducta descrita en el mismo (negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia, entre otras), aquella persona que sea conductor. Por tanto, quedan fuera del ámbito subjetivo del tipo penal quienes no sean conductores (por ejemplo, porque no hayan accedido al vehículo, porque no hayan puesto el vehículo en marcha etc).

Conforme señala la Audiencia Provincial de Murcia, Sección 2ª, Sentencia número 118/2011, de 03 de junio:”En términos de seguridad jurídica se requiere, para la comisión del tipo del 383 CP, que la persona que es requerida por agentes de la autoridad para someterse a las pruebas reglamentarias de alcoholemia esté conduciendo un vehículo a motor o ciclomotor, o que lo haya conducido poco antes del requerimiento. Es decir, no basta la condición formal de conductor sino que se requiere que el sujeto activo esté llevando a cabo esa acción específica de conducir, o que la haya efectuado inmediatamente antes de ser requerido para someterse a la prueba de alcoholemia”.

De acuerdo a lo señalado por la Audiencia Provincial de Murcia en la Sentencia inmediatamente mencionada, solo los grupos de personas contemplados en el artículo 21 del Reglamento General de Circulación son las obligadas a someterse a las pruebas reglamentarias de alcoholemia y para todas ellas se exige que estuviesen conduciendo un vehículo a motor.

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