¿Qué puede suceder si una persona -conductor- se niega a someterse a las pruebas de alcoholemia?
Muy probablemente a dicha persona se le imputará un delito contra la seguridad vial, concretamente del delito previsto en el artículo 383 del Código Penal. Dicho precepto señala lo siguiente:
«El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia (…) a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con las penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años».